INVITACIÓN A LA RENDICIÓN DE CUENTAS DEL AÑO 2024 – Copy

Cumpliendo con lo que establece la Constitución de la República del Ecuador

Artículo 88: Establece el derecho a la rendición de cuentas como un derecho ciudadano. 

Artículos 207, 211, 213: Se refieren a la organización y funcionamiento de las funciones del Estado y la obligación de sus autoridades de rendir cuentas

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio